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Climate change in the courtroom

El Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (UNEP) presentó el informe Climate change in the courtroom: Trends, impacts and emerging lessons (Global Climate Litigation Report 2025), la evaluación más completa y actualizada sobre el avance de los litigios climáticos a nivel mundial.

El documento confirma un crecimiento acelerado de los casos, un incremento en su sofisticación jurídica y un papel cada vez más central de los tribunales en la definición de la acción climática global.

Más de 3.000 casos en 55 jurisdicciones

Según el reporte, hasta el 30 de junio de 2025 se registraron 3.099 casos de litigio climático, distribuidos en 55 jurisdicciones y 24 tribunales internacionales o regionales, lo que representa el nivel más alto desde que comenzaron los registros en 1986.

El informe destaca:

  • 1.986 casos en Estados Unidos, el sistema más activo del mundo.
  • 1.113 casos fuera de EE.UU., con Australia, Brasil, Reino Unido y Alemania como los países con mayor volumen.
  • 305 casos en el Sur Global, un número en rápido crecimiento.
  • 216 casos ante organismos internacionales, incluido el ITLOS, la Corte Interamericana de Derechos Humanos y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

El año 2021 marcó el mayor número histórico de nuevas presentaciones, tendencia que continúa con fuerza.

Decisiones históricas

El informe subraya el impacto de tres decisiones clave emitidas entre 2024 y 2025:

  1. Tribunal Internacional del Derecho del Mar (ITLOS). Declaró que las emisiones antropogénicas de gases de efecto invernadero constituyen contaminación del medio marino y que los Estados tienen obligaciones reforzadas bajo la Convención del Mar para actuar con “debida diligencia”.
  2. Corte Internacional de Justicia (CIJ). En julio de 2025, la CIJ afirmó que los Estados tienen obligaciones vinculantes bajo el derecho internacional consuetudinario, los tratados y el derecho internacional de los derechos humanos para prevenir el daño climático y proteger a las generaciones presentes y futuras. También estableció que los Estados deben actuar conforme al objetivo de 1.5°C y la “mejor ciencia disponible”.
  3. Corte Interamericana de Derechos Humanos (Opinión Consultiva OC-32/25). Reconoció que el derecho a un clima estable está protegido por la Convención Americana y afirmó la obligación de los Estados de adoptar políticas ambiciosas de mitigación y adaptación—incluyendo la regulación estricta de actores privados.

Estas decisiones, resalta el informe, están reconfigurando el derecho internacional y se proyectan como catalizadores de nuevas causas en tribunales nacionales.

Un campo jurídico cada vez más diverso y complejo

El Global Climate Litigation Report 2025 documenta una “maduración acelerada” del campo, donde los litigios:

  • buscan exigir cumplimiento de leyes climáticas y compromisos internacionales;
  • utilizan derechos humanos como marco de protección frente a los impactos del calentamiento global;
  • desafían proyectos de combustibles fósiles y exigen mantener el carbono “en el suelo”;
  • promueven acciones civiles contra empresas por greenwashing, daños climáticos y riesgos financieros;
  • incluyen también casos en sentido contrario, donde empresas o gobiernos buscan limitar o revertir regulaciones climáticas.

El informe resalta que los litigios climáticos se están convirtiendo en un modelo para campos emergentes, como el litigio por biodiversidad y el litigio contra la contaminación plástica.

Lecciones clave

Entre los aprendizajes destacados se encuentran:

  • Centralidad de los derechos humanos para fundamentar obligaciones estatales.
  • Diálogos entre tribunales internacionales que fortalecen convergencias doctrinarias.
  • Expansión de la ciencia atributiva del clima como evidencia jurídica.
  • El rol del litigio como motor de cambio institucional, presión social y mayor rendición de cuentas.

Publicación disponible aquí.

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